Una nueva geometria territorial, donde se establecera un nuevo modelo de auto gobierno,donde predomine este nuevo sistema de comunas que tendrian como fin ir cubriendo el territorio venezolano en su totalidad convirtiendo, al viejo estado de la cuarta republica, en un nuevo estado comunal socialista,
firma del acta general de los escrutinios
eleccion de la comuna
foto del proceso de conformacion de la comuna
sábado, 20 de enero de 2024
MODELO DE UNA CARTA COMUNAL PARA LA CONFORMACION DEL GOB, DE LA COMUNA
Republica Bolivariana de Venezuela
Estado Lara. Municipio Palavecino
Parroquia Cabudare.
Comuna Socialista Ernesto Che Guevara.
El Consejo Electoral de la Circunscripción de la Comuna Socialista Ernesto Che Guevara.
Publica el siguiente:
Considerando.
Que la ley Orgánica de la Comunas en su artículo 12 da por constituida la Comuna una vez que en referendo consultivo es aprobado por los habitantes el ámbito propuesto y que las Comisiones Electorales Permanente son figuras de carácter jurídico y autónomas acción que se soporta en la ley de Consejos Comunales y en los artículos: 5,6, 62, 70, 184 de nuestra Constitución Bolivariana de Venezuela.
Considerando.
Que como identidad local constituida la Comuna Socialista Ernesto “Che” Guevara a través del Órgano Electoral de la circunscripción de la Comuna. Ejerce la potestad y la autonomía de Elaborar y publicar El Reglamento Electoral, que contendrá las normas relativas a la Elección, organización e integración de la estructura de gobierno de la Comuna. En lo consiguiente publica la siguiente Carta Comunal.
Carta Comunal Sobre el Reglamento Electoral para la Constitución del Gobierno de la Comuna Socialista Ernesto Che Guevara.
TITULO I
Disposiciones Generales
Articulo: 1- Se establece que la Carta Comunal (Reglamento Electoral) de la Comuna Socialista “Ernesto Che Guevara” será el marco jurídico Electoral, que norme la constitución del Gobierno de la Comuna, contendrá las normas relativas a la elección e integración de la estructura de los diferentes organismo, que integran el gobierno de la Comuna, dicha carta comunal servirá como marco estatutario del Consejo Electoral de la Circunscripción de la Comuna. Para hacer cumplir las normas de la misma.
Lapso de tiempo.
Artículo: 2- Se establece que una vez sea aprobado el registro de la Comuna `por parte del Ministerio del Poder Popular para las Comunas. El Consejo Electoral de la Circunscripción de la Comuna dentro del lapso de cuarenta y cinco (45) días deberá haber realizado las elecciones para la elección de los miembros del gobierno de la Comuna.
De las Postulaciones:
Artículo: 3- Se establece que en cada Comunidad de las que integran la Comuna Socialista Ernesto Che Guevara. La Comisión electoral permanente, tendrá la responsabilidad de cumplir con los siguientes pasos, Uno, abrir el proceso de postulaciones para los diferentes cargos de elección, para el Parlamento Comunal, Consejo de Planificación de la Comuna, Banco Comunal, Consejo de Contraloría de la Comuna y Consejo de Economía Comunal, Dos cerrar el mismo según lo acordado en el Consejo Electoral de la Circunscripción de la Comuna.
De las Elecciones
Artículo: 4- Se establece que en cada Comunidad de las que integran la Comuna Socialista Ernesto Che Guevara. La Comisión electoral permanente, tendrá la responsabilidad de instalar la mesa electoral, cierre de la mesa, efectuar los escrutinios y levantar el acta del resultado del centro electoral y trasladarlo hacia la sede del Consejo Electoral de la Circunscripción de la Comuna Socialista Ernesto Che Guevara.
Artículo: 5- Se establece como competencia del Consejo Electoral de la Circunscripción de la Comuna Socialista Ernesto Che Guevara. Las siguientes: 1) la de acordar la fecha para las elecciones de los miembros del gobierno de la Comuna, 2) el lapso de tiempo para las postulaciones, 3) La de levantar el acta de escrutinios de las actas presentadas por cada Comisión Electoral Permanente. 4) La juramentación de los electos como miembros del Gobierno de la Comuna, 5) La Publicación de los resultados generales.
TITULO II
DE LA INTEGRACION DE LA DIFERENTES ORGANISMO DEL GOBIERNO DE LA COMUNA SOCIALISTA ERNESTO CHE GUEVARA
Del Consejo Electoral
Artículo: 6- Se establece como competencia del Consejo Electoral de la Circunscripción de la Comuna Socialista Ernesto Che Guevara. El cual estará integrado por un Vocero o Vocera principal y su suplente ambos designados en el seno de cada Comisión Electoral Permanente de las que conforman la Comuna,
Artículo: 7- Se establece como periodo de tiempo para los miembros del Consejo Electoral de la Circunscripción de la Comuna Socialista Ernesto Che Guevara. El mismo que tienen como miembros de la Comisión Electoral Permanente, cada Comisión electoral permanente tendrá la potestad de cambiar a su vocero o vocera ante el mencionado consejo, cuando así lo decida la mayoría de sus miembros.
De la Integración del Consejo Electoral
Artículo: 8- Se establece que el Consejo Electoral de la Comuna Socialista Ernesto Che Guevara queda conformado por un vocero o vocera de cada Comisión Electoral Permanente miembros (Voceros) principales y suplentes de la totalidad de Comunidades Organizadas en Consejos Comunales que integran la Comuna y una Secretaria designada en asamblea del mencionado consejo.
De la Integración del Parlamento Comunal
Artículo: 9- Se establece que el Parlamento Comunal de la Comuna Socialista Ernesto Che Guevara, estará conformado por un Voceros o Voceras principal y un suplentes electos por cada uno de los Consejos Comunales que integran la Comuna más tres (3) Voceros o Voceras principales y tres suplentes electos entre los miembros que integran las E.P.S y un Vocero o Vocera designado por el Banco Comunal.
De la integración del Consejo Ejecutivo
Artículo: 10- Se establece que los tres (3) Voceros o Voceras principales que integran el Consejo Ejecutivo con sus respectivos suplentes, serán electos en elección de primer grado universal y secreta dos serán electos por los consejos comunales y uno por las unidades de producción social.
De la integración del Consejo de Planificación de la Comuna
Articulo: 11- Se establece que el Consejo de Planificación de la Comuna estará conformado por veintiocho (28) miembros principales con su respectivos suplentes los cuales serán electos de la siguiente manera veintidós (22) vocero o voceras principales serán electos en Asamblea ciudadana y los candidatos deberán pertenecer a los comité de organización territorial de los consejos comunales y será electo uno por cada comunidad de las que integre la comuna con su respectivo suplente. Mas dos (2) vocero o vocera principales con su respectivos suplentes electo en el seno de la asamblea del Parlamento Comunal y un vocero o vocera principal electo de entre los miembros de la unidades de producción social y tres vocero o voceras electo por los Consejos Comunales en elección general a nivel del territorio de la Comuna
De la integración de Banco de la Comuna
Artículo: 12- Se establece que el Banco de la Comuna lo integraran once (11) voceros o voceras electos de la siguiente manera los tres (3) cuenta dante, los cinco (5) miembros principales del Comité de aprobación y dos miembros del Comité de control serán electos por los Consejos Comunales en elección general a nivel del territorio de la Comuna y el tercer miembro del Comité de control será electo en el seno de la asamblea del parlamento comunal.
De la integración del Consejo de Contraloría de la Comuna
Artículo: 13- Se establece que el Consejo de Contraloría de la Comuna lo integraran cinco (5) voceros o voceras con sus respectivos suplentes, electos de entre los 22 Comité de Contraloría Social, por los Consejos Comunales en elección general a nivel del territorio de la Comuna
De la integración del Consejo de Economía Comunal
Articulo:14- Se establece que el Consejo de Economía de la Comuna lo integraran cinco (5) voceros o voceras con sus respectivos suplentes, electos de entre los 22 Comité de Economía Social, por los Consejos Comunales en elección general a nivel del territorio de la Comuna
TITULO III
DISPOSICIONES FINALES
Artículo: 15- Se establece que la Carta Comunal sobre la constitución del gobierno de la Comuna Ernesto Che Guevara podrá ser reformada por el Parlamento Comunal cuando por decisión de la mayoría calificada se apruebe la inclusión de una nueva Comunidad organizada en Consejo Comunal a la Comuna.
Artículo: 16- La Comunidad organizada en Consejo Comunal que pertenezca al ámbito de la Comuna aprobado en referendo y se adhiera después de la elección del gobierno de la Comuna solo podrá tener representación ante el Parlamento Comunal y en el Consejo de planificación a través del vocero o vocera del Comité de organización territorial, Hasta que se realicen nuevas elecciones donde podrá optar a otros cargos dentro la estructura de gobierno de la Comuna Ernesto Che Guevara.
Hoy _____del mes de _________________del año_____________
El Consejo Electoral de la Circunscripción de la Comuna Socialista Che Guevara, en uso de sus facultades como órgano de la estructura Comunal. Refrenda y Ordena la publicación de la respectiva Carta Comunal.
Firman y Sellan por las diferentes Comisiones Electorales Permane
AUTOR AMADO RIVERO fecha de redaccion 2013 tlf 0426-4157788
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